Más abajo puede encontrar la información más reciente sobre los Reglamentos Reach y CLP publicada en abril de 2020.
I. Últimas modificaciones que entraron en vigor en abril de 2020
Más expedientes de registro que deben seleccionarse para el control de la conformidad
El Reglamento (UE) 2020/507 de la Comisión de 7 de abril de 2020 ha modificado la parte del del Reglamento (CE) No 1907/2006 referente al porcentaje de los expedientes de registro que serán seleccionados por la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos para corroborar si cumplen o no con los requisitos (Artículo 41.5). En adelante, la Agencia deberá seleccionar, como mínimo, un 20% del total de expedientes recibidos para registro en intervalos de tonelaje de 100 toneladas o más por año hasta el 31 de diciembre de 2023. De igual modo, la Agencia debe seleccionar como mínimo un 20% del total de expedientes recibidos para registro en intervalos de tonelaje de menos de 100 toneladas por año hasta el 31 de diciembre de 2027.
Decisiones de autorización
La Comisión Europea ha publicado diez resúmenes de sus decisiones sobre las autorizaciones de comercialización específicas para substancias incluidas en el Anexo XIV del Reglamento REACH (Reglamento (CE) no 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006):
- Decisión del 30 de marzo de 2020 dirigida a 4 empresas para el uso de Pentazinc cromato Octahidróxido hasta el 22 de enero de 2026.
- Decisión del 1 de abril de 2020 dirigida a una empresa para el uso de Dicromato de potasio hasta el 21 de septiembre de 2024.
- Decisión del 8 de abril de 2020 dirigida a una empresa para el uso de Tris(cromato) de Dicromo hasta el 22 de enero de 2026.
- Decisión del 14 de abril de 2020 a una empresa para el uso de Dicromato de potasio hasta el 21 de septiembre de 2024.
- Decisión del 14 de abril de 2020 a una empresa para el uso de Dicromato de sodio hasta el 21 de septiembre de 2024 o hasta el 14 de abril de 2024 dependiendo del uso.
- Decisión del 14 de abril de 2020 a 9 empresas para el uso de Dicromato de sodio hasta el 21 de septiembre de 2024 o hasta el 14 de abril de 2024 dependiendo del uso.
- Decisión del 15 de abril de 2020 a 10 empresas para el uso de Hidroxioctaoxodizincato dicromato de potasio hasta el 22 de enero de 2026.
- Decisión del 15 de abril de 2020 a 4 empresas para el uso de Tris(cromato) de dicromo hasta el 22 de enero de 2026.
- Decisión del 19 de marzo de 2020 a 1 empresa para el uso de Trióxido de cromo hasta el 21 de septiembre de 2029.
- Decisión del 16 de abril de 2020 a 20 empresas para el uso de Cromato de estroncio hasta el 22 de enero de 2026.
Además, la Comisión Europea también ha publicado tres listas de decisiones de autorización concedidas por los Estados AELC-EEE (en la práctica estas son Liechtenstein, Noruega e Islandia). La primera lista incluye sustancias que han sido autorizadas durante el período del 1 de enero al 30 de junio de 2018. La segunda lista incluye sustancias que han sido autorizadas durante el período del 1 de julio al 31 de diciembre de 2018. Y, por último, la tercera lista incluye sustancias que han sido autorizadas durante el período del 1 de enero al 30 de junio de 2019.
II. Proyectos y cambios normativos en curso publicados en abril de 2020
Dos nuevas consultas públicas sobre la clasificación y etiquetado armonizados de ciertas sustancias están en curso hasta el 1 de junio de 2020. Las sustancias involucradas son:
- difenoconazole (ISO); 1-({2-[2-[2-chloro-4-(4-chlorophenoxy)phenyl]-4-methyl-1,3-dioxolan-2-yl}methyl)-1H-1,2,4-triazole; 3-chloro-4-[(2RS,4RS;2RS,4SR)-4-methyl-2-(1H-1,2,4-triazol-1-ylmethyl)-1,3-dioxolan-2-yl]phenyl 4-chlorophenyl ether; 3-chloro-4-[(2RS,4RS;2RS,4SR)-4-methyl-2-(1H-1,2,4-triazol-1-ylmethyl)-1,3-dioxolan-2-yl]phenyl 4-chlorophenyl ether
- mepiquat chloride (ISO); 1,1-dimethylpiperidinium chloride
III. Apoyo al cumplimiento de la legislación química de la UE
En un comunicado de 31 de marzo de 2020, la ECHA clarificó que, a partir de esa fecha, no tomarían en consideración las actualizaciones de los expedientes de registro de ninguna sustancia una vez los proyectos de decisión ya hubieran sido remitidos. En caso de que los solicitantes posean información relevante sobre sus sustancias después de recibir los proyectos de decisión, estos deberán presentar sus comentarios mediante ese proyecto de decisión.
En un comunicado de 24 de marzo de 2020 actualizado el 3 de abril de 2020, la ECHA clarificó que para augmentar la producción y el suministro de desinfectantes en el mercado europeo en relación a la pandemia de COVID-19, pueden derogarse desinfectantes que contengan sustancias activas ya autorizadas. Además, esta comunicación menciona varios links en los que se incluye:
- La nueva web de COVID-19 de la ECHA
- Recomendaciones sobre ciertos requerimientos de composición del Propan-1-ol and Propan-2-ol para facilitar la verificación de las derogaciones hechas por las autoridades nacionales
- Tres listas con información sobre sustancias activas biocidas aprobadas o que están en proceso de renovación para el uso en productos desinfectantes y en productos desinfectantes autorizados.
- Un documento de la Comisión Europea sobre la posibilidad de que las medidas aumenten la disponibilidad de productos desinfectantes en los Estados miembros.
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